En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental ha implantado su Sistema Interno de Información (en adelante SIIC), conforme a lo acordado por su órgano de gobierno. Además, el Colegio ha elaborado la Política del SIIC, con la finalidad de dar a conocer y difundir los principios generales de su funcionamiento para ofrecer la debida protección a las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción comprendidas en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley.

Está Vd accediendo al canal interno del SIIC, de gestión propia, que es el cauce de comunicación adecuado y preferente para la recepción de información sobre hechos o conductas constitutivas de infracciones previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023 y que guarden relación con la actividad y funcionamiento del COIICO, teniendo la condición de informantes los sujetos establecidos en el artículo 3 del mismo cuerpo legal, otorgando una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir aquéllos.

Toda la información que se ofrezca al Colegio en este canal será gestionada bajo un estricto principio de confidencialidad, tanto respecto de la identidad del que comunica la posible infracción como respecto de los terceros mencionados en ella, impidiendo el acceso a estos datos por personal no autorizado.

La identidad del informante solo será accesible al Responsable del Sistema y no se revelará a terceros, salvo que sea necesario en el contexto de una investigación o un proceso judicial, en particular, para salvaguardar el derecho de defensa de la persona la que hace referencia la comunicación.

El SIIC cumple asimismo con las previsiones contenidas en la normativa vigente en términos de protección de datos personales y, específicamente, con lo preceptuado en el artículo 24 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y el Titulo VI de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Ponemos en su conocimiento que, si lo desea, puede también presentar esta comunicación en el canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, adscrita al Ministerio de Justicia, o ante la autoridad competente que designe la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de otros medios o vías que correspondan.

Las comunicaciones formalizadas en este canal no darán lugar en ningún caso a represalias por este motivo, sin perjuicio de la correspondiente aplicación de la normativa vigente en el caso de manifiesta mala fe o falsedad.

Tiene disponible la información y regulación del sistema interno de información del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental en el documento que contiene la política del SIIC, la cual está adaptada a lo recogido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante, la Ley) y a la Directiva Europea (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Esta política complementa al “Reglamento del SIIC”, figurando ambos documentos debidamente publicitados tanto en la intranet colegial, como a través de la web corporativa.

Documentación:

 

 

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