El 9 de Abril de 1949, mediante Decreto del Ministerio de Industria y Comercio, se autorizó la constitución de los Colegios de Ingenieros Industriales, pero hasta un año y medio después mediante la Orden Ministerial de fecha 6 de septiembre de 1950 se constituyen once colegios entre ellos el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid* (Delegaciones Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Soria Segovia, Ávila, Valladolid, Salamanca, Zamora, Cáceres, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife).

 

Debido a que las delegaciones canarias carecían de personalidad jurídica propia, aunque eran económicamente autosuficientes, y aglutinaban a un colectivo de 215 colegiados de los cuales la mayoría eran canarios que desarrollaban su vida profesional en la Región Canaria, y considerando que el Colegio de Madrid no había promovido en los últimos tres años  ninguna actividad formativa ni cultural, la Delegación de Santa Cruz de Tenerife, a cargo de Francisco Trujillo Armas como Delegado Presidentepromueve, junto a otros entusiastas, la creación del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias, votándose mayoritariamente su creación en la Asamblea celebrada el 15 de Diciembre de 1977. Con igual resultado, el 20 de enero de 1978 tiene lugar en Las Palmas una Asamblea similar para creación del Colegio, a cargo de Roque Calero Pérez.

 

El 21 de abril de 1978 se solicita oficialmente al Colegio de Madrid la creación del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias.

 

Tras duras y prolongadas negociaciones con el Colegio de Madrid, se consigue el Decreto de creación por acuerdo del Consejo de Ministros mediante Real Decreto 1041/79 de 20 de Julio en el que también se incluye la creación del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Baleares por segregación del de Valencia.

 

Creación del Colegio de Canarias

(B.O.E. 9 de Agosto de 1979. Marginal 1986)

"Real Decreto 20 de Julio de 1979, núm. 1.941/79 (M.º Industria y Energía). COLEGIOS OFICIALES DE INGENIEROS INDUSTRIALES. Crea, por segregación, los de Canarias y Baleares.

Artículo 1º. Se aprueban las segregaciones de las Delegaciones de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, pasando a formar ambas el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias y de la Delegación de Baleares del Colegio de Valencia, transformándose aquélla en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Baleares.

El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias abarca las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife. Su capitalidad será compartida en la forma que establezcan sus Estatutos particulares, entre las capitales de las provincias afectadas.

El Colegio de Ingenieros Industriales abarca la provincia de Baleares. Su capitalidad queda establecida en Palma de Mallorca.

Artículo 2º. Queda modificado el artículo 4º de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, aprobado por Orden del Ministerio de Industria de 29 de septiembre de 1972 (R. 1849, 2009 y N. Dicc. 16869), en los términos que resultan de lo dispuesto en el artículo anterior.

 

Este es el resultado de más de año y medio de duras negociaciones con el Colegio de Madrid, y con la mediación del Consejo de Colegios llevadas a cabo por las Comisiones de Trabajo creadas en Tenerife y en Gran Canaria a raíz de sendas asambleas convocadas exclusivamente para tratar del tema de la Creación del Colegio de Ingenieros Industriales de Canarias, en las que una vez debatido, es aprobado por mayoría. En agosto de 1979, se celebra una Asamblea General simultánea en ambas delegaciones Las Palmas y en Santa Cruz de Tenerife, donde las dos comisiones de trabajo se unifican y constituyen la Comisión Gestora Regional de Trabajo para la creación del Colegio de Canarias, presidida por Francisco Trujillo Armas, seguido de Roque Calero Pérez por la de Las Palmas, que llevará adelante el tema hasta su consecución. El número de colegiados en ambas delegaciones era de 185 colegiados correspondiendo 120 a Las Palmas y 65 a Tenerife

 

Resaltamos que el Real Decreto contiene la creación del Colegio de Baleares, por segregación de la Delegación Balear del Colegio de Valencia al que pertenecía, sin haber tenido problema alguno para su creación, solicitada al Consejo en Junio del mismo año, con solo mes y medio de tramitación.

 

Los problemas jurídicos sobre el Patrimonio no acabaron aquí, continuaron hasta el 3 de Julio de 1990 en que la sala 1ª del T. Supremo declara no haber lugar al recurso de Casación interpuesto por el C.O.I.I. de Madrid contra la sentencia que con fecha 18 de junio dictó la Sala de lo Civil de la Audiencia de Madrid.

 

Pasados los años, el número de ingenieros en ambas Sedes va en aumento y tienen que adquirir nuevo patrimonio como son los locales sitos en Plaza Ingeniero Arrate nº 1 Edificio Sovhispan, en Santa Cruz de Tenerife, y en la C/ León y Castillo, nº213 en Las Palmas de Gran Canaria, que son adscritos a sus Sedes respectivas.

 

Dicho incremento de colegiados en ambas provincias es tal que la relación de colegiados inscritos en una y otra es de tres a uno a favor de Las Palmas, desequilibrando totalmente el normal funcionamiento colegial, incluso fomentado también por diferentes interpretaciones ministeriales ante casos semejantes bien sea una provincia u otra,  unido además a la ausencia de representatividad jurídica de cada una de las Sedes ante los medios oficiales locales.

 

Ante esta situación, la Junta Insular de Tenerife presidida por Jesús Artemio González Vega convoca una Asamblea Extraordinaria el 12 de abril de 2007 en la que un total de 315 colegiados, representativos del 81,7% de los colegiados adscritos a la Sede de Tenerife aprueban iniciar los trámites de separación.

 

Tras un largo proceso administrativo ante la Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias, se concede la segregación de la Sede Insular de Tenerife del Colegio de Canarias, creándose el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Santa Cruz de Tenerife en virtud del Decreto 14/2011 de 3 de febrero publicado en el BOE nº 32 de 14 de febrero.

 

El Decreto del Gobierno de Canarias 14/2011, de 3 de febrero, por el que se segrega del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias, la Sede Insular de Tenerife (BOC de 14/02/2011), dispone, en su apartado cuarto, que aquel deberá adaptar sus estatutos en todo aquello que afecte a su denominación, ámbito territorial y estructura orgánica, después de producida la segregación.

 

Tales circunstancias hacen precisa la adaptación de los actuales Estatutos del Colegio de Canarias, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto del Gobierno de Canarias 14/2011, de 3 de febrero, y adecuarlos al nuevo entorno regulatorio. Ante este escenario, la Junta Insular de Las Palmas presidida por José Antonio Lucendo Sancho convoca una Junta General Extraordinaria el 21 de mayo de 2011, donde se aprueban los nuevos Estatutos de Colegio.

 

Por tanto, el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias, creado en virtud del Real Decreto 1.941/1979, de 20 de julio (B.O.E. núm. 190, de 9 de agosto de 1979) al amparo de lo dispuesto en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, pasará a denominarse como Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental.

 

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, se procede a la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias nº 18 (B.O.C.), del 26 de enero de 2012, de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental, inscrita en el Registro de Colegios Profesionales de Canarias con fecha 27 de junio de 2011.

 

Durante el período transitorio hasta la constitución de los nuevos órganos previstos en los presentes Estatutos, se entenderá que los actuales miembros de la Junta Insular de Gobierno de la Sede Insular de Gran Canaria del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias lo son de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental hasta la toma de posesión de los que resulten electos conforme a lo previsto en los presentes estatutos. De este modo, transitoriamente, el Presidente y Vicepresidente de la Sede Insular ocuparán, en funciones, los cargos de Decano y Vicedecano.

 

La composición de las Comisiones de Trabajo fueron las siguientes:

 

Comisión de trabajo de Tenerife

(Creada el 15/12/77)

  • D. Francisco Trujillo Armas

  • D. Rodolfo Rull Buixadera

  • D. Máximo Näguele Hernández

  • D. Francisco de Logendio Parejo

(Sustituido por D. Domingo de la Rosa Cabrera el 7/7/78)

  • D. Ignacio M. Pardo González

  • D. José Antonio Denis Cubas

  • D. Miguel Ángel Suárez Naveiras

 

Comisión de trabajo de Gran Canaria

(Creada el 20/1/78)

  • D. Roque Calero Pérez

  • D. Juan Guedes Faría

  • D. Antonio Marrero Bosch

  • D. José Cabrera Galtier

  • D. José Manuel Santana Reyes

  • D. Tomás Pulido Castro

  • D. Francisco Rubio de Miguel

  • D. Ramón Rodríguez Tomás

 

Comisión económica

(Creada el 7/7/78 para resolver el Tema Patrimonial)

  • D. José Cabrera Galtier

  • D. Juan Guedes Faría

  • D. Pablo Martín Garabote

  • D. Jacinto Lorenzo Guerra

 

Tras la publicación del Real Decreto 1041/79 transcrito anteriormente, se celebra una Asamblea General simultánea en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife, y se comunica al Consejo General la composición de la Comisión Gestora Regional que ha quedado elegida en la Asamblea que es como sigue:

 

Comisión gestora

(Creada en agosto de 1979)

  • D. Francisco Trujillo Armas

  • D. José Cabrera Galtier

  • D. Roque Calero Pérez

  • D. Pablo Martín Garabote

  • D. Jacinto Lorenzo Guerra

  • D. Máximo Nägele Hernández

  • D. José Manuel Santana Reyes

  • D. Juan Guedes Faría

  • D. Miguel Ángel Suárez Naveiras

  • D. Andrés Herranz Soler

  • D. Ramón Rodríguez Tomás

  • D. José Antonio Déniz Cubas

  • D. Francisco Rubio de Miguel

  • D. Antonio Marrero Bosch

  • D. Tomás Pulido Castro

 

Tras la publicación del Decreto del Gobierno de Canarias 14/2011, de 3 de febrero, por el que se segrega del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias, la Sede Insular de Tenerife (BOC de 14/02/2011), se celebra una Asamblea Extraordinaria para la aprobación de los nuevos estatutos del Colegio.

 

Comisión de Estatutos

(Creada en mayo de 2010)

  • D. Sergio Santana Martín

  • D. Juan Reta López

  • D. Luís Álvarez Álvarez

  • D. Francisco J. Marrero Montesdeoca

y con el asesoramiento jurídico de:

  • D. Fernando Castro

  • D. Andrés Betancor

 

Queremos hacer una mención especial a todos los Decanos que han pasado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias porque formaran para siempre parte de la historia del Colegio, gracias por su labor incansable.

 

Periodo del decanato

Decano

  • 1979-1990

D. José Cabrera Galtier

  • 1990-1998 y 2003-2004

D. Juan Jesús Reta López

  • 1999-2002

D. Francisco García del Rey García

  • 2005-2006

D. Francisco Ramírez Miranda

  • 2007-2011

D. José Doreste Machado

  

Documentación relativa:

Decreto del 9 de abril de 1949, dictado por el Ministerio de Industria y Comercio, por el que se autoriza la constitución de los Colegios de Ingenieros Industriales.

Real Decreto 1941/1979, de 20 de Julio del Ministerio de Industria y Energía por el que se crean, por segregación, Los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de Canarias y Baleares.

Decreto del Gobierno de Canarias 14/2011, de 3 de febrero, por el que se segrega del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias, la Sede Insular de Tenerife.

Dirección General de Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana.- Anuncio de 23 de enero de 2012, por el que se procede a la publicación de la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental. Anuncio del B.O.C. nº 18, del 26 de enero del 2012.

 

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