Medidas especiales de la Mutualidad de la Ingeniería (AMIC)

En el marco de la especial situación que atraviesa el país, la Mutualidad de la Ingeniería ha adoptado una serie de medidas a fin de poder ayudar a aquellos ingenieros que ejercen la profesión por cuenta propia (como trabajadores autónomos) y que, por tal motivo, cotizan en Mutualidad de la Ingeniería (AMIC) y no en la Seguridad Social.
Dichas medidas de ayuda han sido comunicadas individualmente todo el colectivo de “ingenieros autónomos” mediante carta enviada por correo electrónico.
Para resolver cualquier duda están habilitados los siguientes canales de atención:
- Teléfonos: 91 060 56 96 / 901 123 412 (lunes a viernes, de 9:00 a 18:30 horas).
- Correo electrónico: comercial@mutualidaddelaingenieria.es.
Tercer paquete de medidas apoyo crisis COVID-19. Plan Nacional Integrado de Energía y Clima
Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Hoy 1 de abril, en el BOE se publica el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, con nuevo paquete de medidas económicas y sociales con el que se completan y refuerzan las medidas adoptadas en las tres últimas semanas por el Gobierno de España para minimizar y contrarrestar el impacto del COVID19. Asimismo, y tras propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se ha acordado remitir a la Comisión Europea el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC).
TERCER PAQUETE DE MEDIDAS DE APOYO EN LA CRISIS DEL COVID-19
Este nuevo paquete de medidas incluye más de 50 medidas que se articula en tres bloques: en primer lugar, apoyo a los trabajadores, las familias, los consumidores, los autónomos y los colectivos más vulnerables, de forma que se pueda aliviar su situación financiera y sus gastos fijos, y preservar así una renta mínima.
En segundo lugar, se impulsan iniciativas para sostener el tejido productivo y el empleo, y facilitar la futura recuperación de la actividad; y, en tercer término, se adoptan medidas de flexibilización de diversas actividades y procesos de la Administración.
Finalmente, se han reforzado algunas de las medidas adoptadas en el Real Decreto-ley 8/2020, aprobado el pasado 17 de marzo, además de extenderse la duración de las mismas hasta un mes después del final del Estado de Alarma.
Puedes acceder al Real Decreto Ley y ver todas las medidas tomadas, pinchando aquí.
Se puede acceder a más información del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), pinchando aquí.
Nota interpretativa MINCOTUR sector industrial aplicación RDL 10/2020
Nota interpretativa para el sector industrial sobre la aplicación del Real Decreto- Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales
En el Boletín Oficial del Estado de 29 de marzo de 2020, Núm. 87, se ha publicado el Real Decreto- Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
El objetivo de este Real Decreto-ley, según se indica en su Exposición de Motivos, es reforzar las medidas en relación con las limitaciones de movilidad de las personas recogidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En esta nota se indica que “la industria manufacturera se considera esencial en la medida en que su actividad sea necesaria y esté destinada a proveer de los bienes y materiales necesarios para el desarrollo de los sectores esenciales establecidos en el anexo del Real Decreto-ley” y que deberá emplear únicamente aquellos trabajadores que sean imprescindibles para garantizar esta actividad, es decir, el suministro de bienes y materiales para las actividades consideradas esenciales y relacionadas anteriormente, aplicándose al resto de las personas el permiso retribuido recuperable previsto en el artículo 2 del Real Decreto-ley.
Por otro lado, el resto de actividades industriales no incluidas en el punto 5 del anexo del Real Decreto-ley, esto es, aquellas que no realicen una actividad imprescindible para el correcto desarrollo de los citados sectores esenciales, no tendrán la consideración a su vez de sector esencial y, por tanto, les será de aplicación lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley.
También quedan exceptuadas de la aplicación del artículo 2, las personas trabajadoras respecto de las actividades de importación y exportación de todo tipo de productos, bienes y materiales, en la medida en que se configuran como clave del abastecimiento o del cumplimiento de compromisos de contratos internacionales.
Puedes leer la nota interpretativa MINCOTUR sector industrial aplicación RDL 10/2020, pinchando aquí.
Línea de Avales del ICO para empresas y autónomos para paliar efectos económicos COVID-19
El Consejo de Ministros aprobó con fecha 24 de marzo, de acuerdo con lo regulado en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias, - BOE 26 de marzo - las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de avales, otorgados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, hasta un importe de 20.000 millones de euros, para facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Esta Línea de Avales del Estado para empresas y autónomos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital será gestionada por el ICO a través de las entidades financieras que concedan financiación a empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19.
Las empresas y autónomos tendrán acceso a estos avales a través de sus entidades financieras, mediante la formalización de nuevas operaciones de financiación o renovación de las existentes.
La Línea está sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la Unión Europea.
En el primer tramo activado de la Línea de Avales, por importe de 20.000 millones de euros, se crean dos subtramos:
- · Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
- · Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.
En el pdf adjunto puedes ampliar la información, pinchar en el siguiente link "Línea de Avales ICO"
Para ver las características de esta línea y formas de tramitación pinchar en el siguiente enlace:
https://www.ico.es/web/ico/linea-avales
Iniciativas y Recursos para luchar contra el Coronavirus COVID-19
Si algo bueno están trayendo estos tiempos de coronavirus es que ha despertado en todos, las ganas de colaborar. Son tiempos de unirnos para aportar lo que cada uno mejor sabe hacer y desde la ingeniería industrial nos hemos propuesto poner lo mejor de nuestra profesión al servicio de la sociedad. Si tienes una idea, un proyecto, o cualquier material que consideres interesante compartir con la comunidad, escríbenos a comunicacion@ingenierosindustriales.es
Más información en la página Web del Consejero General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, pinchar en el siguiente link
Juntos podemos parar esto
Información para PYMES y autónomos en relación al COVID-19
Desde la Secretaría General de Industria y PYME, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de España, se está trabajando para proporcionar información, apoyo y recursos para pymes y autónomos, en el difícil contexto motivado por el COVID-19.
La información esta dividida en cuatro bloques:
1º Bloque: Información COVID-19
En este apartado se recopila información actualizada de los diferentes sitios Web oficiales (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Ministerio de Trabajo y Economía Social, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Seguridad Social, etc.) para cuestiones relacionadas con el COVID-19.
Para acceder a la información pinchar en el siguiente link, Información COVID-19
2º Bloque: Normativa
En esta sección se incluye, por orden cronológico, una selección actualizada de las medidas más relevantes para las PYMEs y autónomos adoptadas por el Gobierno, como consecuencia de la crisis del COVID-19.
Para acceder a la información pinchar en el siguiente link, Normativa
3º Bloque: Financiación
Información actualizada de los diferentes programas y líneas de apoyo a las pymes y autónomos, para que tu proyecto no pare como consecuencia del COVID-19.
Para acceder a la información pinchar en el siguiente link, Financiación
4º Bloque: Capacidades
En este apartado se aporta información de programas de formación abierta y online. Actualmente se detallan las propuestas de contenidos digitales sin coste económicas ofrecidas por la Escuela de Organización Industrial (EOI).
Para acceder a la información pinchar en el siguiente link, Capacidades
Esperamos que esta información sea de utilidad para todos.
COMUNICADO: Actuación de la dirección facultativa ante el COVID-19
INSTRUCCIONES DE ACTUACIÓN DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS EN CURSO DE EJECUCIÓN ANTE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA CREADA POR EL COVID-19
Atendiendo a las recomendaciones establecidas por las autoridades, y mientras no se especifiquen disposiciones concretas en materia de obras de construcción e instalaciones en ejecución, el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales recomienda adoptar las siguientes pautas, en consonancia con el RD 643/2020, para aquellos Ingenieros Industriales que ostenten la condición de Coordinador en materia de Seguridad y Salud o asuman dichas funciones como parte de la dirección facultativa de la ejecución de obras de construcción e instalaciones:
1.- Conforme al Deber de Cooperación (art. 4 del R.D. 171/2004) inherente a todos los empresarios concurrentes en un centro de trabajo, y como medio de coordinación, el Ingeniero Industrial que ostente la condición de Coordinador en materia de Seguridad y Salud está en la obligación de facilitar información e instrucciones en materia de seguridad y salud (art. 7, 8 y 11 del R.D. 171/2004), debiéndolas recoger en el libro de control y seguimiento de la actividad preventiva habilitado a los efectos, el Libro de Incidencias (art. 13 R.D. 1627/1997).
Para más información sobre las pautas de actuación de Dirección Facultativa ante el COVID´19, descargar el comunicado completo.
COMUNICADO. Medidas provisionales por COVID-19
EL COLEGIO SIGUE OPERATIVO VIA TELEMATICA
Atendiendo a las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, y con el objeto de mantener los servicios que prestamos, la Junta de Gobierno y el Personal Laboral del Colegio atenderemos nuestras responsabilidades bajo la modalidad de teletrabajo a partir de hoy, lunes 16 de marzo, permaneciendo cerradas todas las instalaciones del Colegio de manera temporal y hasta nueva orden.
Te recordamos a continuación los canales de comunicación directa a tu disposición:
Correos electrónicos
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Área - Servicios |
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Atención al colegiado |
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Administración |
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Departamento de Asesoría Técnica |
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Departamento de Visado |
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Asesoría Jurídica |
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Sello de calidad y conformidad |
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Delegación de Lanzarote |
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Asesoría Fiscal |
También te puedes poner en contacto con nosotros por whatsapp: +34 660607954 y por las redes sociales habituales (Facebook, Linkedin, Twitter).
Asimismo, en principio y hasta nueva orden, y siempre que la gestión no pueda hacerse por los medios anteriores, seguiremos atendiendo telefónicamente:
Las Palmas de Gran Canaria
Centralita: +34 828 012 888 en horario de 8.00 horas a 15.00 horas
Delegación de Lanzarote
Centralita: +34 928 806 290 en horario de 9.00 horas a 12.00 horas
El registro de documentos de carácter presencial se suspenderá temporalmente, si bien puedes recurrir al correo tecnicogc@coiico.es para registrar documentos digitales con certificado de firma dirigidos al Colegio.
Agradeciéndote tu comprensión y paciencia ante las posibles incidencias que puedan producirse con motivo de esta situación excepcional.
José Antonio Lucendo Sancho
Decano
Entrega de premios del 1º concurso INNVENTA - Concurso de Proyectos de Innovación Tecnológica en Materia de Sostenibilidad
Doña Rosa Ana Melián Domínguez, Directora General de Energía de la Consejería de Cambio Climático y Transición Ecológica del Gobierno de Canarias, entregó el Primer Premio del I Concurso de Proyectos de Innovación Tecnológica en Materia de Sostenibilidad – INNVENTA – organizado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental – COIICO. “Estoy muy agradecida de poder estar hoy aquí, porque el Colegio de Ingenieros Industriales es una casa a la que pertenezco y porque para el Gobierno es una prioridad trabajar en la transición ecológica hacia la sostenibilidad”.
Don José Antonio Lucendo, Decano del COIICO, agradeció la participación en esta iniciativa pionera en el colegio y aseguró que se repetirá en próximas ediciones para seguir visibilizando proyectos innovadores que responden a una demanda social. Por su parte, Don Carlos Cabrera, Vocal del Área de Proyectos, añadió la dificultad que encontró el jurado para designar a los tres proyectos ganadores por la calidad de propuestas presentadas; de las cuales la que se alzó con el Primer Premio de 5.000 € fue la de David Mikel Cubas Viera, “Diseño e implementación de drones híbridos con recarga mediante FV para la detención de incendios forestales”.
Juan Manuel Godoy Déniz consiguió el segundo premio, 500 € para su proyecto “Estudio y propuesta de implantación de sistemas de generación pico hidráulicos en la red de abastecimiento de Las Palmas de Gran Canaria”. Y el tercer clasificado, que recibió también 500 €, fue Arturo Lang-Lenton Villalobos con su proyecto “Valoración de pinocha como biomasa para consumo en calderas de tipo comercial”.
“Es la primera vez que hacíamos un concurso así y esperamos seguir esta línea que hemos marcado, mejorando en próximas ediciones y aprendiendo con todos los proyectos presentados y las ideas de todos los participantes”, concluyó Don Carlos Cabrera.
Albúm Fotográfico.
Sentencia: Los títulos de grado no pueden tener acceso al Cuerpo Superior Facultativo de Ingenieros Industriales de la C.A. de Canarias
Nuestro Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental, conjuntamente con el Colegio Oficial de de Ingenieros Industriales de Santa Cruz de Tenerife, interpuso recurso contencioso-administrativo contra las bases de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos (Grupo A, Subgrupo A1), especialidad Ingenieros Industriales de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC de 30 de noviembre de 2017, número 231), interesando que se anulara la base 2.1, la cual permitía la participación en dicho proceso selectivo a quienes estuvieran en posesión del título universitario de grado.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ha dictado la Sentencia n.º 323/2019, de 18 de septiembre, notificada el 26/09/2019, que acuerda estimar el recurso y anular la base específica impugnada, concluyendo que “… después de la posterior STS 221/19 (21 febrero 2019 416/16) lo más seguro es extender su aplicación a la Administración de la Comunidad Autónoma habida cuenta de que la Ley de la Función Pública de Canarias ha creado dos cuerpos atribuyéndoles diferentes funciones por relación a las competencias y conocimientos de diferentes profesiones tituladas cuyo ejercicio privado sigue requiriendo diferentes titulaciones y en consecuencia esta diferencia ha de mantenerse para ingresar en uno u otro cuerpo porque de otra manera no tendría sentido la dualidad de cuerpos”.
La consecuencia inmediata de la sentencia, favorable para los intereses de nuestro colectivo profesional, es que para participar en el citado proceso selectivo no basta con poseer un título de grado, sino que se requiere necesariamente estar en posesión del título de Ingeniería Industrial o de máster en Ingeniería Industrial.
Puedes ver la sentencia completa, pinchando aquí.
Sin otro particular reciban un cordial saludo.
Fdo.- José Antonio Lucendo Sancho
.Decano.




